El Director Ejecutivo de la ATT, Ingeniero Roque Roy Méndez Soleto, designado mediante Resolución Suprema Nº 19249 de 03 de agosto de 2016, en ejercicio de sus atribuciones conferidas por ley y demás normas vigentes a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia;
RESUELVE:
PRIMERO.- APROBAR el “INSTRUCTIVO PARA LA AUTORIZACIÓN DE INTERRUPCIÓN PROGRAMADA DE OPERACIONES DE RED PÚBLICA, O DE PARTE DE LA MISMA, O LA SUSPENSIÓN PROGRAMADA DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES AL PÚBLICO Y PARA LA PRESENTACIÓN DE REPORTES DE INTERRUPCIÓN SÚBITA DE OPERACIONES DE RED PÚBLICA, O DE PARTE DE LA MISMA, O DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES AL PÚBLICO”, mismo que forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución Administrativa Regulatoria.
SEGUNDO.- ABROGAR el “Instructivo para el reporte de Interrupciones Súbitas de Servicio y la autorización de Interrupciones Programadas de Servicio” aprobado mediante Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 301/2018 de 2 de mayo de 2018, el “Instructivo para la autorización de interrupción de operaciones y suspensión de servicios” aprobado mediante Resolución Administrativa Regulatoria N° 2003/0555 de 30 de junio de 2003 y el “Instructivo de Fiscalización a Proveedores y/o Operadores de Servicios Básicos Móviles – Móvil Celular y de Comunicaciones Personales (INFIBAS)” aprobado mediante Resolución Administrativa Regulatoria N° 2007/3781 de 6 de diciembre de 2007.
TERCERO. - INSTRUIR a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación de esta Autoridad publicar la presente Resolución Administrativa Regulatoria en la página web de la ATT.
CUARTO. - INSTRUIR a la Dirección Jurídica de esta Autoridad realizar la publicación del presente acto administrativo en un órgano de prensa de circulación nacional conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo,
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ATT-DJ-RAR-TL LP 0717_2018.PDF |