
El Director Ejecutivo de la ATT, Ing. ROQUE ROY MÉNDEZ SOLETO designado mediante Resolución Suprema Nº 19249 de 03 de agosto de 2016, en ejercicio de sus atribuciones conferidas por ley y demás normas vigentes, a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia;
RESUELVE:
PRIMERO.- APROBAR los Informes Técnicos ATT-DS-INF TEC LP 93/2018 y ATT-DS-INF TEC LP 110/2018 de 25 de junio y 14 de agosto de 2018, respectivamente, y el Informe Jurídico ATT-DJ- INF-JUR LP 694/2018 de 06 de septiembre de 2018, mismos que formaran parte indivisible de la presente Resolución.
SEGUNDO.- APROBAR el Manual de Procesos y Procedimientos “DJ-FD-01. PROCESO DE FRANQUEAMIENTO DE DOCUMENTOS A SOLICITUD DEL INTERESADO”.
TERCERO.- APROBAR el “FORMULARIO DE FRANQUEAMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A SOLICITUD DEL INTERESADO DJ-FD01.1.” incluido en el Anexo III del Manual de Procesos y Procedimientos – DJ-FD-01. Proceso de Franqueamiento de Documentos a Solicitud del Interesado.
CUARTO.- DELEGAR al Jefe de Operaciones Legales la suscripción del “Formulario de Franqueamiento de Documentación a Solicitud del Interesado DJ-FD01.1.” aprobado en el punto resolutivo tercero de la presente resolución. Los servidores públicos delegante y delegado, serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la presente delegación, debiendo el responsable delegado efectuar seguimientos periódicos al flujo del procedimiento y reportar al Director Jurídico y al Director Ejecutivo, de forma semestral, el detalle de los actos emitidos conforme a la presente delegación.
QUINTO.- INSTRUIR a la Unidad de Tecnología Informática la implementación en el Sistema de Gestión y Flujo Documental SISCOR del “Formulario de Franqueamiento de Documentación a Solicitud del Interesado DJ-FD01.1.”.
SEXTO.- El formulario aprobado en el punto resolutivo tercero, entrará en vigencia a partir de que surta efecto la delegación de competencia para su suscripción, es decir a partir de la publicación de la presente Resolución en un órgano de prensa nacional.
SÉPTIMO.- INSTRUIR la publicación de la presente Resolución, el Manual y el Formulario aprobados en los puntos resolutivos segundo, en la página Web de la ATT.
OCTAVO.- INSTRUIR la publicación de la presente Resolución en un medio de prensa de amplia circulación nacional, conforme a lo establecido en el parágrafo VI del artículo 7 de la Ley N° 2341, de Procedimiento Administrativo y en el artículo 34 de la misma Ley.
Archivo descargable | Formato |
---|---|
RAI 104.PDF | ![]() |