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Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 254/2019 de 29 de mayo de 2019 (MODIFICACIÓN de Anexo “A”, Punto Resolutivo Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Octavo, Noveno de la RAR ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019)
Submitted by admin on Wed, 05/29/2019 - 15:19
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PRIMERO.- MODIFICAR el Anexo “A” de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 3896 de 08 de mayo de 2019 (D.S. 3896), el cual modificó el punto 5.9 del Anexo al Decreto Supremo N° 3152 de 19 abril de 2017, Plan de Implementación de Televisión Digital Terrestre, de acuerdo al Anexo A que forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución.

SEGUNDO.- MODIFICAR el punto Resolutivo Segundo de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019 estableciendo lo siguiente:

INSTRUIR a los Operadores inmersos al Grupo 1 del Cronograma de Apagón Analógico, cuya vigencia sea posterior al 30 de noviembre de 2019 y que requieran la implementación del Servicio con Tecnología Digital antes de la fecha de Apagón Analógico, que adicionalmente a los requisitos establecidos el Anexo B de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019 para la modificación de su Licencia, deberán especificar la fecha de inicio de sus emisiones con Tecnología Digital la cual no deberá ser posterior al 01 de diciembre de 2021.

                                                                                         

TERCERO.- MODIFICAR el punto Resolutivo Tercero de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019  de acuerdo a lo siguiente:

INSTRUIR a los Operadores inmersos al Grupo 1 del Cronograma de Apagón Analógico, cuya vigencia sea hasta el 30 de noviembre de 2019, que adicionalmente a los requisitos establecidos en el Resuelve Tercero de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019 para la renovación de su Licencia, deberán especificar claramente la fecha de inicio de sus emisiones con Tecnología Digital la cual no deberá ser posterior al 01 de diciembre de 2021.

CUARTO.- MODIFICAR el punto Resolutivo Cuarto de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019, en cuanto al plazo se refiere, estableciéndose que el “Modulo de Modificaciones” se  habilitará en el Sistema OTTO y se encontrará disponible a partir del miércoles 12 de junio de 2019.

QUINTO.- MODIFICAR el punto Resolutivo Quinto de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019, en cuanto al plazo se refiere, estableciéndose que el “Modulo de Renovaciones” se  habilitará en el Sistema OTTO y se encontrará disponible a partir del miércoles 12 de junio de 2019.

SEXTO.- MODIFICAR el punto Resolutivo Octavo de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019 estableciendo lo siguiente:

DISPONER que aquellos Operadores que realicen la solicitud de Renovación fuera del plazo establecido en el cronograma, no podrán renovar su Licencia.

SEPTIMO.- MODIFICAR el punto Resolutivo Noveno de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019, respecto a que la nueva fecha para que el Área de Tecnología Informática de la ATT habilite los módulos correspondientes será hasta el miércoles 12 de junio de 2019.

OCTAVO.- DISPONER que la fecha de implementación del Servicio de Radiodifusión Televisiva con Tecnología Digital ISDB-Tb tanto para renovaciones como modificaciones de Licencias en el marco de la presente Resolución de modificación al Cronograma, el cual fue aprobado mediante Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019, estará sujeta a la disponibilidad de frecuencias en cada Área de Servicio.

NOVENO.- DISPONER que aquellos Operadores que hubieran ingresado sus solicitudes dentro del plazo estipulado por la  Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 210/2019 de 24 de abril de 2019, deberán volver a remitir su documentación en formato digital considerando las modificaciones realizadas por la presente Resolución, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 3896 de 08 de mayo de 2019.

DECIMO.- INSTRUIR a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y TIC de esta Autoridad, publicar la presente Resolución Administrativa Regulatoria en la página web de la ATT y asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, realizar la publicación del presente acto administrativo en un órgano de prensa de circulación nacional.

 

 

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