PRIMERO. - ACEPTAR el recurso de revocatoria parcial interpuesto por Giovanni Gismondi Paredes, en representación legal de la EMPRESA TELEFÓNICA CELULAR DE BOLIVIA SOCIEDAD ANÓNIMA — TELECEL S.A. (OPERADOR y/o RECURRENTE), en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 701/2018 de 04 de octubre de 2018 (RAR 701/2018), aclarada por la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 950/2018 de 21 de diciembre de 2018 (RAR 950/2018), REVOCANDO PARCIALMENTE el acto administrativo recurrido, únicamente respecto a los numerales 6.3, 8.1.3. y 13.2 del MANUAL TÉCNICO DE MEDICIÓN DEL ESTÁNDAR DE CALIDAD DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET aprobado en Anexo por la RAR 701/2018, de conformidad a lo previsto por el inciso b) del parágrafo II del artículo 89 del REGLAMENTO.
SEGUNDO. - SUSTITUIR el numeral 6.3. revocado del MANUAL TÉCNICO DE MEDICIÓN DEL ESTÁNDAR DE CALIDAD DEL SERVICIO DE ACCESO A LNTERNET aprobado en Anexo por la RAR 701/2018, según el siguiente texto:
"6.3. PERIODO DE MAYOR TRÁFICO
Para fines de medición del presente manual, el período de mayor tráfico estará comprendido entre las 1200 a 22:00 horas los 365 días del año."
TERCERO. - SUSTITUIR el numeral 8.1.3. revocado del MANUAL TÉCNICO DE MEDICIÓN DEL ESTÁNDAR DE CALIDAD DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET aprobado en Anexo por la RAR 701/2018, según el siguiente texto:
"8.1.3. ARCHIVO DE PRUEBAS ...
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ATT-DJ-RA RE-TL LP 0019_2019.PDF |