PRIMERO.-APROBAR el Cargo de Tránsito de Portabilidad en Bs.0,1085 por minuto, el cual será aplicado por los tres (3) operadores móviles que transfieran la llamada de un Número Portado de su red hacia la red del Operador Receptor, cuyo valor podrá ser revisado anualmente.
SEGUNDO.- INSTRUIR a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y Tic tomar los recaudos correspondientes para el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa Regulatoria, sea mediante actos y trámites que demanden su plena ejecución.
TERCERO.- INSTRUIR a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y Tic publicar la presente Resolución Administrativa Regulatoria en la página Web de la ATT y conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley No. 2341, de 23 de abril de 202, de Procedimiento Administrativo, realizar la publicación del presente acto administrativo en un órgano de prensa de circulación nacional a efectos de notificar a los operadores del servicio móvil.
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ATT-DJ-RAR-TL LP 0688_2018.PDF |